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Adáptate a la ley: el control de presencia será obligatorio a partir del 12 de mayo

Una fecha marcada en rojo para todas las empresas de menos de 100 empleados en España. A partir del próximo 12 de mayo, la ley obliga a todas estas organizaciones a contar con sistemas de control de presencia y horarios para sus empleados con los que registrar la jornada de sus plantillas. Hasta ahora, poco más de la tercera parte de las empresas lo ha hecho, pero la adaptación es necesaria para cumplir con la legislación.

Esta actualización legislativa, recogida en el Decreto Ley 8/2019, es todavía desconocida por un elevado porcentaje de empresas que deben acogerse a él. Y esto, sin duda, es un problema: las multas por no cumplir con esta normativa pueden ascender hasta más de 6.000 euros.

Con este decreto, el control de presencia obligatorio pretende ser una herramienta contra el fraude laboral: no más personas supuestamente contratadas para jornadas parciales que trabajan más horas de las debidas, no más horas extra sin pagar ni cotizar. Un registro de horarios y accesos que permitirá a empresas y trabajadores cumplir con su parte de responsabilidad propia.

Para ello, a nivel tecnológico, desde Secuoya Seguridad ofrecemos soluciones adaptables al día a día de diferentes empresas. Desde aquellas en las que todos los trabajadores se encuentran trabajando diariamente en la sede hasta otras en las que -como en el caso de comerciales y repartidores- su jornada se desarrolla de forma itinerante fuera de las instalaciones de la empresa, cualquier compañía podrá adaptarse y cumplir la normativa.

Las empresas deberán almacenar los datos de sus sistemas de control de presencia durante cuatro años, para que puedan estar a disposición de inspecciones de trabajo que los requieran. Es una medida que, además, permitirá la conciliación y la flexibilidad laboral, registrando las jornadas de trabajadores independientemente de que sus horarios sean fijos o variables, incluyendo aquellos que registren sus jornadas a distancia.

Para bien o para mal, las empresas no pueden elegir no adaptarse a esta normativa. El control de presencia será muy pronto un requisito que deberá asumirse como una parte más del día a día, para lo que desde Secuoya Seguridad estamos a disposición de quien lo requiera para la instalación de cualquiera de las soluciones que permitan a las empresas cumplir con la ley.

By |2019-04-17T08:13:00+02:0016 abril, 2019 |Categories: Legislación|Tags: , , |
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